Coronavirus en el Perú

Los coronavirus son una gran familia de virus que causan enfermedades que van desde el resfriado común hasta afecciones más graves. El nuevo coronavirus (COVID-19) es una cepa no identificada previamente en humanos.

El día viernes 6 de marzo de 2020, se confirmó el primer caso de coronavirus en el Perú. Ante esto, el Ministerio de Salud (Minsa) llama a la calma a la población y confirma que está preparado para hacerle frente.

Número de infectados por COVID-19 en el Perú
Casos confirmados
950
Casos descartados
12502

Fuente: Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC-Perú)

Medidas de las entidades competentes frente al coronavirus COVID-19

A fin de contener y controlar la propagación del COVID-19, el Gobierno declaró el 15 de marzo el estado de emergencia nacional, vía Decreto Supremo 040-2020-PCM y con vigencia de 15 días calendario. La norma estipula el aislamiento social obligatorio de la población, el cierre de las fronteras, la suspensión de actividades laborales del sector público y privado (con excepciones), una bonificación extraordinaria para el personal de salud, la entrega excepcional de recursos a familias de bajos recursos, entre otras medidas.

Por su parte, el Ministerio de Salud mantiene las medidas de control para proteger la salud de la ciudadanía y el Instituto Nacional de Salud (INS), a través de su Laboratorio de Referencia Nacional para Virus Respiratorios, se encuentra listo para diagnosticar el nuevo virus de forma rápida con el objetivo de brindar el tratamiento adecuado a los pacientes. El INS es la única entidad oficial y autorizada para el procesamiento de las muestras y entrega de resultados en el Perú.

Importante
  • Orden de inmovilización social obligatoria: desde el 31 de marzo de 2020, no podrás movilizarte a ningún lugar entre las 6:00 p. m. y las 5:00 a. m. En Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, la inmovilización rige desde las 4:00 p. m. hasta las 5:00 a. m.
  • Estado de Emergencia: del 15 de marzo al 12 de abril de 2020, solo podrá trasladarse a su centro laboral, previa solicitud de pase laboral, el personal de centros de salud, bancos, farmacias, grifos, medios de comunicación, centrales telefónicas, supermercados, mercados, limpieza pública, hoteles y centros de alojamiento. Si no es tu caso, coordina con tu empleador la posibilidad de hacer teletrabajo. Protege la vida de nuestros hermanos con factor de riesgo: niños, adultos mayores, pacientes con enfermedad crónica, cáncer o inmunosupresión. Derrotemos juntos al coronavirus. #YoMeQuedoEnCasa.